Ahora las reglas para que las bicimotos circulen en el país son distintas, ya que las autoridades están pidiendo requisitos que antes no eran necesarios.
Desde hace tres años el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) anunció que estaba analizando la posibilidad de meter en cintura a las bicimotos porque los conductores de estas circulaban casi que por la libre como si anduvieran una bicicleta; sin embargo, ya cuando los vehículos tienen motor, el asunto es diferente.
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Las autoridades habían anunciado que buscaban marcar bien la cancha a las personas que usan bicimotos o bicicletas con motor. Luego de analizar bien el tema, se determinó que no era necesario hacer nuevas leyes o reglamentos porque los actuales eran suficientes; lo que sí hacía falta era aclarar el tema con los usuarios.
Según el Cosevi, la Ley de Tránsito establece que las bicimotos tienen las mismas reglas que las motos; esto quiere decir que para manejarlas se requiere:
- Licencia de conducir.
- Marchamo.
- Revisión técnica.
- Inscripción ante el Registro Nacional.
- Implementos de seguridad como el casco y chaleco reflectivo.
Esto se aplicará ahora para los transportes de dos ruedas cuyo motor es de más de 50 cc o con una potencia superior a los 5 kW; todos ellos entran en la categoría de motocicletas, tengan o no pedales.
Así que si usted tiene una bicimoto y no tiene licencia, lo mejor es que vaya haciendo los trámites para sacar el documento y ponerse en regla.
