Una camarera de El Ejido, en España, fue condenada a tres años y cinco meses de prisión luego de que se comprobara que copió los datos de la tarjeta de crédito de un cliente mientras trabajaba y los utilizó sin autorización para realizar gastos superiores a 51.400 euros, equivalentes a casi 30 millones de colones.
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Así obtuvo los datos bancarios
De acuerdo con la sentencia de la Audiencia de Almería, la mujer obtuvo el número de la tarjeta entre mayo y junio de 2021, cuando trabajaba como camarera en un establecimiento del municipio. El tribunal dio por probado que la intención era obtener un beneficio económico indebido.
Con la información sustraída, la acusada y su pareja —juzgada en un proceso anterior— vincularon la tarjeta del cliente a una cuenta de una aplicación de reparto, instalada en el teléfono móvil de la mujer y asociada a su correo electrónico personal.
Casi 1.400 pedidos sin autorización
Entre junio de 2021 y julio de 2022, la pareja realizó 1.385 pedidos a través de la aplicación, por un monto total de 51.464,92 euros. Las compras se cargaron de forma continua a la tarjeta del perjudicado, quien no detectó los movimientos hasta más de un año después de iniciada la estafa.
Según consta en el fallo, durante ese periodo se registró una media de más de cien pedidos mensuales, todos sin el consentimiento del titular de la tarjeta.
Durante el juicio, la acusada reconoció por primera vez haber efectuado los cargos, aunque aseguró que contaba con el “consentimiento” del cliente, alegando que mantenían una supuesta relación. Esta versión fue rechazada tanto por el afectado como por el tribunal, al no existir pruebas que la respaldaran.
Rechazo de la defensa y condena
La Audiencia calificó la explicación como sorpresiva e inverosímil, al no haberse presentado con anterioridad ni contar con respaldo documental, testigos o comunicaciones. También cuestionó que los supuestos pagos por “servicios” se realizaran mediante una aplicación de reparto y con un gasto mensual cercano a 4.000 euros (más de dos millones de colones), cifra considerada desproporcionada.
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El tribunal concluyó que se trató de una estafa agravada, al superar los 50.000 euros defraudados. Además de la pena de prisión, la sentencia impuso una multa de ocho meses, con una cuota diaria de 12 euros, (casi siete mil colones) y la obligación de indemnizar al perjudicado por el total del dinero sustraído.
La resolución no es firme y puede ser recurrida en apelación.
Nota realizada con ayuda de IA



