Nacional

El Plan Fiscal en sencillo: Frenazo en raya a los salarios millonarios en el Estado

Empleados públicos que ganen cuatro melones o más no tendrán aumento durante años

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Le presentamos la tercera entrega de un especial sobre el Plan Fiscal, el cual es el “responsable” de la huelga nacional organizada por los sindicatos en las últimas dos semanas.

Lo que buscamos es que usted esté bien empapado del documento que se discute en la Asamblea Legislativa para que no deje que le metan gato por liebre y no se lo lleven hablado con noticias falsas.

Con el documento completo en la mano, le contestamos las principales preguntas que se hace todo el mundo sobre el Plan Fiscal. En la primera entrega, le explicamos qué es el famoso Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) y cuáles productos lo pagarían, este jueves le explicamos clarito cuáles productos y servicios no pagarían IVA. En esta entrega hablamos sobre qué pasará con los platales que paga el Gobierno a algunos de sus empleados.

–¿Hay un tratamiento diferenciado para las micro y las pequeñas empresas?

Sí. Se establece que para las nuevas micro y pequeñas empresas que se inscriban, se les cobraría un 0% de impuesto de renta durante el primer año, un 25% durante el segundo y un 50% en el tercero.

–¿En qué cosiste la famosa renta global que introduciría el proyecto?

La renta global es un mecanismo que exigiría pagar más impuesto de renta a las personas que más ingresos tienen. Implica incluir, en una sola canasta, la totalidad de los ingresos de un contribuyente aplicando una sola tarifa incluso sobre ingresos que hoy están gravados por separado.

Este es un ejemplo: una empresa tiene ganancias por ¢20.000 millones al año por su actividad ordinaria y ¢10.000 millones por los ingresos que le generan certificados de inversión. Actualmente, paga por separado ¢6.000 millones de impuesto de renta (30%) por sus ganancias ordinarias y ¢800 mil por la ganancia de los certificados de inversión (8% de impuesto a las rentas de capital). En total, paga ¢6.800 millones.

Con la renta global, en cambio, el cálculo del impuesto de renta se calcularía sobre los ¢30.000 millones totales de ganancia, por lo que la renta (30%) sería de ¢9.000 millones, a los cuales se les descontarían los ¢800 mil pagados por impuesto a las rentas de capital.

El tributo a pagar entonces será de ¢8.200 millones. Hacienda recibirá ¢2.200 millones más gracias al sistema de renta global.

–¿Aumentaría el impuesto a las rentas de capital?

Sí. El impuesto a las rentas de capital subiría de un 8% a un 15%. Este es el tributo que se cobra a las ganancias que generen herramientas financieras como los certificados de inversión o bonos de Gobierno.

Siguiendo con ejemplo anterior, por una ganancia de ¢10.000 millones, el impuesto ya no sería de ¢800 mil, sino de ¢1.500.000.

–¿Qué es el impuesto a las ganancias de capital que crea la reforma?

Es un nuevo impuesto que gravaría con un 15% las ganancias que las personas o empresas obtengan al vender propiedades, como casas, lotes, acciones, software o licencias.

El tributo no se aplicará cuando lo que se venda sea la casa de habitación de la persona, provenga de herencia o se haya ganado mediante la lotería.

–¿La reforma fiscal tocará los salarios más altos del Estado?

Se congelarían por dos años los salarios de los jerarcas públicos que ganen más de ¢4 millones.

–¿Se le meterá mano a los gastos excesivos en salarios del Gobierno y del sector público?

Sí. El proyecto le pondría freno al crecimiento en el gasto en salarios que hacen todas las instituciones del Estado mediante las siguientes medidas:

-El incentivo por anualidad (cada año de trabajo) se transformaría en un monto fijo, en lugar de un porcentaje del salario base, como se había venido pagando a los funcionarios públicos. Al eliminarse el porcentaje, esta medida frena el crecimiento exponencial en el costo de las anualidades.

-Se ordenaría la creación de un sistema de evaluación de desempeño de los funcionarios públicos, el cual tomará en cuenta los resultados de la institución. De la evaluación, dependerá el pago de la anualidad. Solo se premiará a los funcionarios muy buenos y excelentes.

-Se establecería que, para los nuevos contratos de dedicación exclusiva (prohibición de ejercer la profesión fuera del sector público), el incentivo será de un 25% para licenciados y de un 10% para bachilleres, como lo hizo el Gobierno actual. Antes, en cambio, se desembolsaba un 65% y un 20%, respectivamente.

Además, se establece que es necesaria a firma de un contrato con plazo entre uno y cinco años, el cual no constituye derecho adquirido al vencerse el plazo. La institución debe evaluar si requiere la dedicación exclusiva de cada funcionario.

-La cesantía para los funcionarios públicos no podría superar los 8 años. Se aplicará la misma norma que establece el Código de Trabajo para el resto de trabajadores del país. Actualmente, se pagan cesantías de lujo hasta por 20 años.

-La prohibición para ejercer la profesión sería de un 30% y un 15% para licenciados y bachilleres, en vez de un 65% y 30%, respectivamente. La prohibición se diferencia de la dedicación exclusiva, ya que esta es obligatoria por ley solo para ciertos cargos, como ministros y procuradores.

-Se prohibirían los pagos por confidencialidad y descrecionalidad.

-Se prohibirían los pagos por bienios (dos años), quinquenios (cinco años) o cualquier otra acumulación por años servicios. Actualmente, algunas instituciones conceden premios por eso. El ICT, por ejemplo.

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