La licencia de maternidad está a punto de tener un cambio histórico en el país.
Los diputados aprobaron en primer debate un proyecto de ley que pretende modificar el Código de Trabajo y la Ley de Fomento de la Lactancia Materna, además de establecer nuevas obligaciones para instituciones públicas, centros educativos y empleadores.
La iniciativa se votó en una de las comisiones plenas del Congreso y tuvo 14 votos a favor y 1 en contra.
La iniciativa aprobada mantiene la licencia remunerada de maternidad de un mes antes del parto y tres meses después, pero establece que será el primer año de vida del niño el que se considere como período mínimo de lactancia, y podrá prorrogarse cada tres meses por prescripción médica mientras el chiquito continúe alimentándose con leche materna.
La certificación médica podrá ser emitida tanto por profesionales del sector público como privado. Aplicará para lactancia directa, diferida, lactancia mixta o procesos de relactación.
¿Qué pasa en casos de adopción?
El cambio en la legislación reconoce el derecho al período de lactancia en casos de adopción, esto para facilitar procesos de inducción de lactancia. Para ello debe existir una certificación profesional que indique el tiempo requerido para ese proceso.
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También se hizo un cambio importante en los tiempos de lactancia. El texto propuesto establece que las mamás deberán disponer de una hora diaria dentro de la jornada ordinaria para alimentar a su hijo. Habrá varias opciones para hacer uso de ese tiempo: 15 minutos cada dos horas, media hora dos veces al día, o ingresar una hora más tarde o salir una hora antes del trabajo.
Ahora bien, en el caso de jornadas extraordinarias, las mujeres en período de lactancia tendrán derecho a quince minutos adicionales cada tres horas, para alimentar a su bebé.
Obligación a empleadores
La nueva ley hace también cambios que deberán tomar en cuenta los empleadores.
El texto obliga a los patronos a procurar espacios durante la jornada laboral para la extracción de leche materna, con períodos mínimos de 25 minutos cada tres horas laborales. Estos tiempos deberán ser incluidos dentro del horario laboral, es decir, deberán ser pagados.
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Además, el proyecto refuerza la legislación que obliga a las personas empleadoras a acondicionar espacios adecuados para la lactancia dentro de los centros de trabajo. Esos lugares deberán garantizar condiciones de privacidad e higiene, dentro de las posibilidades económicas de la empresa.
El proyecto también incorpora nuevas obligaciones a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), como por ejemplo la obligación de realizar capacitaciones de actualización profesional en materia de lactancia materna para el personal de salud que atiende embarazadas y personas menores de edad en período de lactancia.
Cambios para los centros educativos
La iniciativa también detalla obligaciones para el Ministerio de Educación Pública y las universidades públicas y privadas, que deberán establecer políticas educativas para promover la lactancia materna.
En cuanto a los centros educativos, estos deberán habilitar salas de lactancia o espacios privados, higiénicos y ventilados para que las madres estudiantes puedan alimentar directamente a sus hijos o extraerse leche.
Las estudiantes en período de lactancia tendrán derecho a permisos de ausencia de clases para alimentar a sus hijos o realizar la extracción de leche, sin que ello se considere una falta ni afecte su rendimiento académico.
En los próximos días se votará el proyecto en segundo debate y, en caso de ser aprobado, ya sería Ley de la República, solo faltaría la firma del presidente de la República.




