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MEP anuncia cambios en reglamento que podrían hacer que su hijo pierda el año por conducta

Con una falta gravísima, su hijo puede perder el año lectivo por conducta

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El Ministerio de Educación Pública (MEP) publicó el nuevo Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes y la Conducta, de manera oficial, en el Diario La Gaceta. Este documento trae importantes cambios para los estudiantes.

Por ejemplo, establece que, para aprobar el año lectivo, los estudiantes deben tener una nota mínima de conducta de 65 en los ciclos I, II y III, es decir, escuela y parte del colegio (sétimo, octavo y noveno año).

En el caso de Educación Diversificada (décimo, undécimo y duodécimo año), los alumnos deberán tener mínimo un 70 en su nota de conducta para pasar el año. Si un estudiante de secundaria finaliza el curso lectivo con 68, quedará aplazado; deberá hacer un trabajo con enfoque socioeducativo y si no lo hace, deberá repetir el año.

Primer día de clases, inauguración del Curso Lectivo 2026
Los estudiantes pueden perder el año por mala conducta. Se necesita mínimo 65 en la nota para aprobar el curso lectivo en la escuela y parte del colegio y mínimo 70 para estudiantes de décimo, undécimo y duodécimo año. Foto: Rafael Pacheco Granados (Rafael Pacheco Granados/Rafael Pacheco Granados)

En este reglamento se señala cuánto baja la nota según la gravedad de la falta. Se dividen de esta manera: cinco puntos por cada falta muy leve, diez por cada leve, veinte por cada grave, treinta y cinco por cada muy grave y cincuenta por cada gravísima.

El MEP considera como faltas muy leves el uso incorrecto del informe, el uso de accesorios personales no autorizados, el incumplimiento de las formas de presentación personal establecidas por el centro educativo y otras faltas según la normativa de la escuela o colegio.

Si el estudiante incumple, recibirá una amonestación verbal o escrita.

Primer día de clases, inauguración del Curso Lectivo 2026
La nota de conducta se rebaja según el tipo de falta. El peor es la falta gravísima, que implica una suspensión de 30 días naturales y una rebaja de 50 puntos de la nota. Foto: Rafael Pacheco Granados (Rafael Pacheco Granados)

Se consideran faltas leves el uso del cuaderno de comunicaciones para otro fin que no está establecido, no informar a los padres o encargados sobre comunicaciones remitidas al hogar, las interrupciones al proceso de aprendizaje, las ausencias injustificadas, entre otras.

Para este tipo de casos, el alumno que incurre a la falta también recibirá una amonestación verbal o escrita.

Alguna de las faltas graves corresponden a estas acciones:

  • Daño contra equipo tecnológico, muebles u otros bienes del centro educativo.
  • Sustracción de bienes de la escuela o colegio, el uso sin consentimiento las cosas de docentes y otras personas.
  • Uso del lenguaje vulgar o soez y dichos y acciones irrespetuosos contra los docentes, estudiantes y el director del centro educativo.
  • Sustracción, reproducción, distribución o divulgación de las pruebas antes de su aplicación.
  • Alteración, falsificación o plagio de pruebas o trabajos académicos en beneficio propio o de otros estudiantes.
  • Portar, consumir, fumar o vapear dentro de los centros educativos.
  • Portar o ingerir bebidas alcohólicas.
  • Uso de celulares durante las lecciones.

El MEP puede trasladar al estudiante a otra sección, solicitar al alumno que se disculpe a otros estudiantes y docentes tras ofenderlos, pedirles que reparen o repongan el material o equipo dañado, suspender por 15 días naturales, entre otras acciones correctivas.

Niños usando TikTok y reels de Instagram
El uso de celular en clase, sin el permiso del docente, es considerado como una falta grave. (Rafael Pacheco Granados/Rafael Pacheco Granados)

Las faltas muy graves se refieren al cierre del centro educativo, impidiendo el desarrollo de actividades regulares en los centros educativos; la portación de armas, explosivos y sustancias peligrosas; cualquier tipo de acción discriminatoria asociadas a género, edad, raza u origen étnico, condición socioeconómica u otras; la grabación y distribución de actos de violencia como bullying, acoso, violencia sicológica; entre otras acciones.

Por una falta muy grave, el estudiante puede ser suspendido por 20 días naturales.

Las faltas gravísimas, consideradas como las peores, están relacionadas a la agresión física contra estudiantes, personal docente y administrativo y padres de familia o encargados legales, la difusión, distribución o comercio de imágenes o videos con contenido de índole sexual y acoso, el consumo y portación de sustancias psicoactivas, entre otras.

Un estudiante que incurre a cualquier falta gravísima puede ser suspendido por 30 días naturales.

En este curso lectivo, la nota de conducta puede ir disminuyendo conforme las faltas a las que incurren los estudiantes.

Por ejemplo, si hace una falta gravísima, ya se quedó en la nota de conducta, pues los puntos se rebajan a 50 puntos. Si son dos faltas gravísimas, se quedó con 0 en la nota.

Primer día del curso lectivo del 2026 en la Escuela Buenaventura Corrales (Edificio Metálico), ubicado en el centro de San José.
Si un estudiante hace una falta leve, puede recibir una amonestación verbal o escrita. En estos casos no será suspendido. Foto: Rafael Pacheco Granados (Rafael Pacheco Granados/Rafael Pacheco Granados)

En caso de que hace una falta grave, todavía puede aprobar el año, pues su nota de conducta bajaría a 80.

Ingrid Hidalgo

Ingrid Hidalgo

Periodista de Nacionales. Licenciada en Comunicación de Masas de la Universidad Federada San Judas Tadeo.

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