Si usted es de las personas que buscan adrenalina ingresando sin permiso a parques nacionales o áreas protegidas, ahora tendrá que pensarlo dos veces.
Un reciente cambio en la ley impone un fuerte castigo económico a quienes ingresen sin autorización a esos lugares.
La nueva reforma a la Ley del Servicio de Parques Nacionales busca ponerle fin a la irresponsabilidad de quienes arriesgan su vida (y la de los socorristas) por querer tener una foto en un sitio restringido.
Castigos que duelen al bolsillo de los intrépidos
A partir de ahora, el SINAC tendrá la potestad de cobrar multas basadas en el salario base (que para este 2026 es de ¢462.200). Vea cómo le puede salir la “bromita”:
- Por ingresar a zonas prohibidas: La multa es de tres salarios base, es decir, ¢1.386.600.
- Para guías y tour operadores: Si lo llevan a un lugar no autorizado, la multa sube a ¢3.235.400.
- Zonas de alto riesgo: Si el guía lo mete a un lugar peligroso, la multa será de ¢4.622.000 y le decomisarán todo el equipo.
¿Lo tuvo que rescatar la Cruz Roja?
Aquí es donde la ley se pone más seria. Si por andar de turista en una zona prohibida usted se accidenta o se pierde y obliga a un despliegue de rescate, tendrá que pagar cinco salarios base (más de ¢2.3 millones) por cada persona rescatada.
El 40% de ese dinero irá directo a la Cruz Roja Costarricense, para recuperar un poco de lo mucho que gastan en estos operativos. El otro 60% irá al Fondo de Parques Nacionales para cuidar nuestras áreas protegidas.
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¡Cuidado con la reincidencia!
Si a usted lo agarran una vez y vuelve a caer, la multa sube un 50%. Y si es “terco” y lo agarran una tercera vez, el SINAC le podrá prohibir la entrada a cualquier Parque Nacional de Costa Rica durante un año entero.
El proyecto fue aprobado con 34 votos a favor. Ahora solo falta la firma del presidente de la República para que se convierta en Ley de la República.


