Los diputados aprobaron este jueves en primer debate un proyecto de ley bastante polémico, que tiene que ver con las frecuencias de radio y televisión del país.
La votación quedó 48 votos a favor y 3 en contra (los votos negativos fueron de Abril Gordienko, Claudia Dobles y Salvador Padilla).
El expediente 24.461, presentado por el gobierno de Rodrigo Chaves en julio de 2024, busca ponerle fin a los cobros desactualizados de la Ley de Radio, la cual fue creada allá por el año 1954.
Dicha ley está completamente desactualizada y eso lo reconocen hasta los dueños de las frecuencias. Actualmente, se pagan montos anuales fijados entre los ¢6.000 y los ¢120.000.
La propuesta del Gobierno busca eliminar esas sumas y cambiarlas por un cobro progresivo que se calcularía sobre los ingresos brutos que cada medio gane por usar estas frecuencias.
El proyecto ya había sido aprobado en primer debate el pasado 27 de julio. Sin embargo, como hicieron modificaciones y agregaron un texto sustitutivo, los diputados tuvieron que volver a discutirlo y votarlo en primer debate.
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¿Cómo van a calcular los nuevos montos?
El cobro no será parejo para todos. Se usarán diferentes tarifas dependiendo de las ganancias que tengan las empresas al año, usando como base el salario de un “Administrador 1” del Servicio Civil, que es de ¢470.401.
Si una televisora o radio genera hasta ¢61,1 millones al año por el uso de la frecuencia, quedará exonerada. Pero si pasa de ahí, tendrá que pagar y el porcentaje empieza a subir según sus ganancias.
Por ejemplo, los canales de televisión que tengan ganancias anuales entre los ¢61,1 millones y los ¢101,6 millones tendrán que pagar el 4,39% sobre el excedente de los ¢61 millones.
Ahora bien, si las ganancias anuales son entre los ¢101,6 millones y los ¢610,5 millones, el porcentaje a pagar será de 6,17% sobre el excedente de los ¢101 millones.
Si el canal llega a tener ganancias de ¢610,5 millones anuales o más, pagarían un 7,73% sobre el excedente. En el caso de las emisoras de radio más grandes, el cobro sería del 3,13% sobre ese mismo excedente.
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Teletica reclama el cálculo y dice que es injusto
Algunos medios de comunicación como Teletica están muy preocupados porque el canon se cobraría sobre los ingresos brutos, es decir, sobre toda la plata que entra antes de pagar salarios, electricidad, impuestos y producción.
Rodolfo González, director de Telenoticias, señaló que está de acuerdo con que el Gobierno actualice el monto que se cobra a las empresas que utilizan estas frecuencias, pero consideró que debe hacerse bajo parámetros razonables.
“Ganancias e ingresos brutos son dos cosas muy distintas. Las ganancias es lo que le queda a cualquier empresa, pequeña, mediana o grande, después de descontar salarios, alquileres, agua, luz e impuestos. Los ingresos brutos son otra cosa, es, por decirlo de alguna manera, las ventas brutas, todo lo que se vende, pero no se le descuenta lo que acabo de mencionar, los salarios, los impuestos, el agua, la electricidad, todo lo que se utiliza para producir. A eso se le conoce como ventas brutas o ingresos brutos.
“Si el canon fuera sobre las ganancias, parece razonable, pero lo cierto es que el proyecto plantea el canon sobre los ingresos brutos. Esto es desproporcionado”, aseguró González en un editorial.
¿Qué pasará con las emisoras religiosas y culturales?
Para los medios religiosos sin fines de lucro, el proyecto los dejaría libres de pago en sus primeros ¢61,1 millones de ingresos comerciales. Además, las ofrendas y donaciones no contarán para ese cálculo.
Por su parte, las estaciones culturales, de las universidades públicas y del MEP quedarían totalmente exentas.
Sin embargo, el cobro sí obligará a los medios comerciales a llevar una contabilidad separada, ya que el canon solo aplica para lo ganado en señal abierta y no en plataformas digitales o de cable.
Multas fuertes y hasta pérdida de permisos
El proyecto no solo habla del canon, también explica consecuencias graves en casos específicos. Si los medios cometen faltas como transmitir menos de 12 horas diarias sin justificación o atrasarse con los pagos, se exponen a multas que van desde los ¢2,3 millones hasta el 1% de sus ingresos.
En casos de infracciones muy graves, el Estado podría revocarles la frecuencia y dejarlos sin poder pedir otra entre tres y cinco años.
El Poder Ejecutivo podría rescatar una concesión por “interés público” en casos muy excepcionales. Eso sí, el texto aclara que esto jamás podrá usarse para afectar la libertad de expresión ni la independencia de los medios.




