Laura Fernández, candidata presidencial del Partido Pueblo Soberano (PPSO), denunció que fue víctima de supuesto espionaje en su oficina de campaña, pero eso hizo que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se diera cuenta de que la oficina en la que habrían colocado un micrófono no estaba reportada ante la entidad como lo manda la ley.
A raíz de eso, el Tribunal envió una advertencia a la agrupación política para que se pongan en regla.
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“Como parte de las labores encomendadas por la normativa electoral, este Departamento efectúa una serie de actividades de fiscalización tendientes a verificar que las actuaciones y procedimientos realizados por las agrupaciones políticas se ajusten a las disposiciones técnicas y jurídicas recogidas en el marco normativo vigente y, en caso de hallar mérito, advertir a las instancias competentes, sobre eventuales incumplimientos o infracciones a la citada normativa, cuyas características puedan enmarcar como faltas o delitos electorales.
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“En ese contexto, este departamento se permite plantear algunas consultas relacionadas con el uso de un inmueble para el desarrollo de actividades propias de esa organización política, todo ello con base en las declaraciones brindadas, ante diversos medios de comunicación, por la señora Laura Fernández Delgado, candidata a la Presidencia, el pasado 14 de octubre del año en curso”, especifica el documento enviado a PPSO.
Ya habían dado datos pero no reportaron esa oficina
En él se detalla que el pasado 28 de agosto el TSE solicitó al partido político que informaran cuáles bienes inmuebles estaban usando con fines partidarios. La agrupación detalló varios locales, sin embargo, en dicha información no figura la oficina de Pavas, en la que Laura Fernández denunció que le habrían puesto el micrófono.
“Así pues, con sustento en los procedimientos de verificación recogidos en el artículo 9 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, se solicita respetuosamente su colaboración a efectos de aportar la información del inmueble ubicado en Pavas.
Entre las cosas que deben reportar están la dirección exacta, el nombre y número de cédula del propietario, el origen de los fondos con lo que se cubren los gastos del lugar, entre otras cosas.
También se solicita que, en caso de que estén usando otros inmuebles que no hayan sido reportados, lo hagan de inmediato.
“Se agradece de antemano su colaboración y, de ser posible, remitir los elementos informativos en un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la remisión del presente documento, toda vez que resulta fundamental a efectos de los procedimientos de verificación ordinaria; de igual forma, cabe considerar que la negativa infundada a este tipo de requerimientos podría evaluarse en el marco de las disposiciones recogidas en el artículo 293 del Código Electoral vigente”, detalló el TSE.
El artículo que detalla la entidad especifica que: “Se impondrá multa de dos a cinco salarios base al funcionario público que se niegue injustificadamente a rendir informes y dar atestados, o extender certificados o comprobantes, o atrase sin motivo alguno la entrega de esos documentos que requieran particulares o funcionarios públicos con fines electorales”.
La Teja solicitó al encargado de prensa de Laura Fernández una posición sobre el tema, estamos a la espera de la respuesta.