El Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, decretó asueto para el 8 de mayo de 2026, el día en que se llevará a cabo el traspaso de poderes en el que Laura Fernández recibirá la banda presidencial.
Presidencia informó por medio de un comunicado de prensa que la decisión del mandatario se establece en el Decreto Ejecutivo N.° 45.680-MGP, con el cual concede asueto a las oficinas y establecimientos públicos de todo el país.
Esto quiere decir que el día “libre” aplica solo para los funcionarios públicos, no para quienes laboran en empresas privadas.
“Este asueto es una invitación directa a participar, a sentirse parte y a recordar que Costa Rica no es de un gobierno, ni de un partido: es de su gente”, informó Casa Presidencial.
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Ahora bien, Presidencia dejó muy claro que, pese al asueto, los servicios públicos esenciales deberán funcionar con normalidad, sobre todo los servicios de emergencia, atención médica crítica, cuerpos policiales y otras áreas indispensables para el bienestar de los costarricenses.
No es un feriado
María Marta Salazar, abogada laboralista, explicó que este asueto no puede verse como un feriado.
“Es importante entender que este 8 de mayo no es un feriado en Costa Rica según el Código de Trabajo; es únicamente un asueto decretado para el sector público mediante un decreto ejecutivo.
“¿Qué pasa si trabajadores del sector público quieren ir al traspaso? Esto va a depender del tipo de institución y de sus funciones. El asueto sí aplica, por lo que en principio no van a trabajar ese día y se va a pagar el salario normal porque es una jornada ordinaria, pero eso sí va a haber excepciones, por ejemplo, personal de salud de la Caja Costarricense de Seguro Social, cuerpos policiales, servicios esenciales que no pueden dejar de operar aunque sea un asueto", explicó la especialista.
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¿Y los trabajadores del sector privado?
La abogada explicó que este asueto no es para el sector privado, por eso ningún patrono está obligado a otorgar el día.
Ella dijo que si algún colaborador de una empresa privada quiere asistir al traspaso de poderes, tendrá que solicitar el día de vacaciones, o un permiso sin goce de salario, pero eso no garantiza que el jefe se lo otorgue, ya que, si él cree que darle el día al trabajador afecta la empresa, podría negárselo.
“Es un riesgo que, si al colaborador le corresponde trabajar, ya sea como funcionario público (por los servicios esenciales que deben brindarse) o si pertenece al sector privado, y no se presenta a laborar sin autorización. Se podría tener como una ausencia injustificada y eso podría acarrearle al trabajador una posible sanción disciplinaria”, explicó Salazar.
La especialista finalizó diciendo que el asueto no está condicionado a la asistencia del acto oficial del traspaso de poderes; el funcionario público tiene una dispensa de labores para asistir al evento, pero esto no lo obliga a participar.
