La Sala Constitucional ordenó a varios ministerios e instituciones de Gobierno adoptar una serie de medidas urgentes para frenar la minería ilegal que se desarrolla en Crucitas y que está afectando varias comunidades de la zona norte del país.
Así lo dio a conocer este lunes la Sala IV tras resolver el recurso de amparo tramitado bajo el expediente 25-026634-0007-CO, en el que se reprochaban omisiones reiteradas de las autoridades frente a la minería ilegal en Crucitas, incumpliendo así con sus deberes constitucionales y legales.
“En tal sentido, denuncia la inacción frente a la minería ilegal en Crucitas, Cutris de San Carlos, Alajuela, presuntamente perpetrada en su mayoría por personas extranjeras que de manera ilegal ingresan al territorio nacional. Afirma que dicha situación no solo compromete la soberanía nacional, sino que, además, provoca daños ambientales irreparables o de muy difícil reparación, contaminación de fuentes hídricas por mercurio y arsénico, pérdida de biodiversidad, entre otros”, indicaron los magistrados.
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En la sentencia 2026-10560, la Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar el recurso en lo concerniente al Ministerio de Salud, al Ministerio de la Presidencia, al Ministerio de Seguridad Pública, al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).
Además, ordenó varias medidas urgentes, por ejemplo, al Ministerio de Seguridad Pública mantener de modo permanente e indefinido la presencia policial y reforzar el control migratorio en los puntos fronterizos requeridos para impedir el ingreso ilegal de personas.
Al presidente ejecutivo del AyA se le ordenó continuar con el suministro de agua potable a las poblaciones afectadas mientras permanezca el riesgo latente de contaminación por la minería ilegal en la zona de Crucitas.
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La orden también fue para la ministra de Salud, a la cual se le pidió continuar con el control y seguimiento en lo que a su ámbito de acción corresponde, entre otras medidas.
Una de las órdenes más importantes recayó sobre el ministro de Ambiente y Energía, como órgano rector en la materia ambiental, en conjunto con el ministro de la Presidencia.
“Que procedan de manera inmediata a adoptar las medidas pertinentes para que dentro del improrrogable plazo de 3 meses contado a partir de la notificación de esta sentencia, le remitan a la Sala un plan detallado de las acciones que va a emprender cada una de las instituciones que integren la ‘Comisión Interinstitucional para atender de forma integral las necesidades ambientales, sociales, de salud y seguridad en la zona de Crucitas’, con indicación y cronogramas claros de las medidas por adoptar para proteger los recursos ambientales en la zona de Crucitas afectados por la minería ilegal, así como de las acciones de restauración, saneamiento y mitigación por desarrollar”, señaló la Sala.
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Además, los altos jueces condenaron al Estado y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados al pago de las costas, daños y perjuicios “causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”.

