A partir de este viernes 5 de diciembre, el aguinaldo llegará al bolsillo de muchos trabajadores, cuyo dinero se utilizará para diferentes fines como el pago del marchamo, la compra de regalos para Navidad y cumpleaños, el pago de la casa, entre otros.
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El aguinaldo, según el Ministerio de Trabajo, es un “salario adicional” que debe pagar todo empleador a las personas trabajadoras, cualquiera que sea su actividad, dentro de los primeros veinte días de diciembre de cada año.
Las autoridades indicaron que toda persona trabajadora tiene derecho al aguinaldo, sin importar la forma de pago de su salario, eso sí, debe tener como mínimo un mes laborando para una misma empresa en forma continua. También aplica para aquellas personas que laboran por contrato a plazo fijo o por obra determinada.
En el caso del sector público, los servidores sometidos al Estatuto del Servicio Civil y otros regímenes públicos también tienen derecho al aguinaldo.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
El aguinaldo de cada empleado se calcula con base en todos los salarios ordinarios y extraordinarios recibidos durante el periodo comprendido del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en que se paga el aguinaldo.
Estos montos se deben sumar y luego, dividir el resultado entre 12. El número que resulta es el monto del aguinaldo que le corresponde recibir.
En caso de que el contrato de trabajo termine antes de diciembre, se toma en cuenta el período laborado y se divide entre 12.
Para el cálculo del aguinaldo, no se toma en cuenta los subsidios que el trabajador recibe cuando está incapacitado. Por ejemplo, si el empleado trabajó 10 meses y estuvo incapacitado 2, solo se le calculará los salarios que recibió durante los 10 meses laborados.
“No sucede así cuando se trata de una trabajadora que disfrutó licencia por maternidad (pre y posparto); pues, en este caso, las sumas percibidas durante ese periodo sí se tienen como salario para todos los efectos legales, inclusive para el pago de aguinaldo y otros derechos, tales como preaviso, auxilio de cesantía y vacaciones, etc”, indicó el Ministerio de Trabajo.
¿Qué se debe incluir en el cálculo del aguinaldo? Se debe incluir las horas ordinarias y las extraordinarias, así como cualquier otro pago salarial que se haya recibido en el período, tales como comisiones, ciertos tipos de bonos y pagos durante licencias de maternidad y paternidad. Los rubros que no se incluyen son los viáticos y subsidios.
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, a la suma del aguinaldo, solo puede rebajarse el monto que corresponde por pensión alimentaria. Es decir, no se le debe aplicar ningún otro tipo de rebaja, ni por cargas sociales.
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Los empleadores tienen tiempo hasta el 20 de diciembre para pagar el aguinaldo a sus trabajadores. Si no, a partir del 21 de diciembre, se aplica la multa establecida en la ley.
¿Qué pasa si el aguinaldo no llega a tiempo?
Si al empleado no le pagan el aguinaldo a tiempo, tiene derecho a presentar una denuncia ante el Ministerio de Trabajo.
El Ministerio de Trabajo considera el atraso o el pago incompleto del aguinaldo como una retención indebida del salario y una falta grave de la persona empleadora a las obligaciones del contrato.
El empleado al que no le hayan pagado el aguinaldo antes del 20 de diciembre puede presentarse ante la Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y denunciar el atraso. No es necesario presentar algún tipo de documentación, pues los inspectores del ministerio investigarán la situación. La empresa donde la persona labora debe demostrar que sí cumplió con el pago dentro del plazo legal para no ser multada.
El Ministerio de Trabajo también atiende los casos de empleados que recibieron mal el pago de su aguinaldo.
¿Qué pasa con las personas que trabajan por horas?
En el caso de las personas que trabajan por horas, como las empleadas domésticas, el cálculo de su aguinaldo es el mismo. Lo único que cambia es que son pagos variables según horas laboradas.
Por ejemplo, si una persona trabaja 3 horas por día, 3 días a la semana a 3.000 colones por hora, en promedio gana aproximadamente 108.000 colones mensuales. Entonces, en 12 meses devenga alrededor de 1.296.000 y su aguinaldo será de 108.000 colones.
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