Nacional

Someten a consulta reglamentación de lista de bienes que conforman la canasta básica

A partir de hoy y por un plazo de diez días hábiles habrá consulta pública

EscucharEscuchar

A partir de este martes 27 de setiembre y por un plazo de 10 días hábiles, la propuesta de borrador de Decreto Ejecutivo denominado “Reglamentación de lista de bienes que conforman la canasta básica tributaria por el bienestar de las familias (CBTBIF)” estará en consulta pública en la página web del Ministerio de Salud (www.ministeriodesalud.go.cr). De este modo, la población y las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos podrán exponer sus opiniones a favor o en contra de la misma.

Se utilizará como principal medio oficial de comunicación para recibir observaciones, consideraciones y opiniones sobre el proyecto en referencia, el siguiente correo electrónico: politicafiscal@hacienda.go.cr o a la siguiente Dirección: Avenida 2, calle 1 y 3 diagonal al Teatro Nacional. San José, Costa Rica, Ministerio de Hacienda, Dirección General de Hacienda, segundo piso.

Las observaciones, consideraciones y opiniones deberán expresarse por escrito y justificar debidamente las razones de su parecer.

La lista está compuesta por criterios técnicos de selección de alimentos, componentes nutricionales de todos los grupos alimenticios, productos y artículos, que resguarden los ingresos y gastos de los hogares de los primeros tres deciles de ingreso económico, garantizando una dieta balanceada. Además, esta lista incluirá productos de limpieza, higiene personal y artículos escolares.

Para desarrollar la aplicación de este reglamento se debe tomar en cuenta las siguientes opciones de alimentos:

Carnes preparadas: ave, cerdo, pescado, res, carne fresca o congelada, a la que se han añadido o inyectado productos alimenticios, condimentos o aditivos.

Frutas preparadas: frutas frescas o congeladas, que han sufrido un proceso de transformación como deshidratación, cocción, o se la han añadido productos alimenticios, condimentos o aditivos.

-Pastas alimenticias preparadas: Pastas alimenticias que han sufrido proceso de cocción, o se la ha añadido productos alimenticios, condimentos o aditivos.

-Vegetales, leguminosas, tubérculos y hortalizas, preparados: vegetales, leguminosas, tubérculos y hortalizas, frescos, refrigerados o congelados, que han sufrido un proceso de transformación como deshidratación, cocción, o se la han añadido productos alimenticios, condimentos o aditivos.

-Incluye tortillas, panes, galletas y repostería: Osea biscochos, palitos de queso, bollo de pan dulce, pan cuadrado integral, pan blanco cuadrado.

-Cereales, arroces, pastas alimenticias: arroz integral, arroz precocido, almidón de yuca, fécula de maíz, harina de trigo entre otros.

-Leches y sus derivados: leche descremada, natilla, leche integra en polvo, también tomaron en cuenta huevos, carne de pollo frescos o congelados.

Jessica Nicaragua

Es periodista. Posee un grado de Bachillerato y es egresada de la Universidad Latina. Redacta sobre diferentes temas nacionales e internacionales, desde sucesos hasta farándula.

En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.